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SEGUROS DE LAS PERSONAS
Coberturas de contratación e indemnización obligatoria que te permiten cumplir con las normas específicas para cada actividad.
Cobertura de Muerte por Enfermedad o Accidente, e Invalidez Total y Permanente por Enfermedad o Accidente entre otras.
Coberturas de contratación obligatoria que te permiten cumplir con las normas específicas para cada actividad
- Cubre Obligaciones Legales y/o Necesidades Emergentes.
- Costos Uniformes o por Rangos de Edad, dependiendo del Grupo Asegurable.
TIPOS DE COBERTURAS
- Vida Obligatorio Dec. 1.567/74: para todos los Empleadores con trabajadores en relación de dependencia (con excepción de los trabajadores rurales)
- Vida Obligatorio para Trabajadores Domésticos: Seguro de Contratación Obligatoria por el Decreto 1.567/74 y sus modificatorias para todos los Empleadores con trabajadores domésticos
Seguro de Contratación Obligatoria por la Ley. N° 16.600 y sus modificatorias para todos los Empleadores con trabajadores rurales
- Muerte por Enfermedad o Accidente
- Invalidez Total y Permanente por Enfermedad o Accidente
Seguro de Indemnización Obligatoria por la Ley N° 20.744 y sus modificatorias para todos los Empleadores.
- Muerte por Enfermedad o Accidente.
- Invalidez Total y Permanente por Enfermedad o Accidente.
- Vida Colectivo por Convenio Mercantil: Seguro de Contratación Obligatoria por el CCT N° 130/75 y sus modificatorias para todos los Empleadores con trabajadores en actividad de comercio
- Vida Colectivo por Convenios Colectivos de Trabajo: Seguros de Indemnización o de Contratación Obligatoria conforme el Convenio Colectivo de Trabajo Correspondiente a cada Actividad
Seguro que cubre las Indemnizaciones Obligatorias que tiene el Empleador ante el fallecimiento o incapacidad del trabajador.
- Muerte por Enfermedad o Accidente.
- Invalidez Total y Permanente por Enfermedad o Accidente.
- Vida Colectivo Empresas para Plan Beneficio Empleados: Destinado para los empleados de las empresas. Proporciona un diferencial valorado por el personal, a la vez que se cumple con un rol social por la que las empresas se ven directamente afectadas en el caso de no contar con estas coberturas.
- Vida Colectivo Empresas para Protección Societaria: Resguarda el patrimonio de una sociedad, dónde los asegurados son los accionistas o propietarios de una firma, cubriendo el fallecimiento de cada socio con la suma asegurada por la participación societaria que posea.
- Vida Colectivo Empresas para Protección de Hombre Clave: Procura indemnizar a un negocio o empresa por la muerte de una persona clave que contribuye al negocio y que al fallecer o incapacitarse pudiera producirle pérdidas importantes, afectando a las ganancias.
Destinado a Asociaciones, Clubes, Mutuales, Coperativas, Empresas, Colegios Profecionales, etc. que busquen una protección conjunta de una forma eficiente.
- Muerte por Enfermedad o Accidente
- Invalidez Total y Permanente por Enfermedad o Accidente
- Indemnización Adicional por Muerte Accidental
- Invalidez Parcial por Accidente
- Anticipo por Enfermedades Graves
- Anticipo por Realización de Trasplantes
- Renta Diara por Internación.